Laboral · Normativa

Implementación de la reducción de jornada a 42 horas: Nuevos criterios DT

A partir del 26 de abril de 2026, entra en vigencia la reducción a 42 horas semanales. El reciente Dictamen 253/21 establece las reglas de aplicación supletoria en ausencia de acuerdo.

La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido un nuevo pronunciamiento técnico, el Dictamen N°253/21, que aclara la forma en que debe implementarse la reducción de la jornada laboral de 44 a 42 horas semanales desde el 26 de abril de 2026.

El documento enfatiza que la ley privilegia el acuerdo entre las partes como mecanismo principal. No obstante, si no se alcanza dicho pacto, el empleador debe aplicar la regla supletoria: reducir la jornada al término del horario diario, evitando la fragmentación en minutos. Para jornadas de cinco días, se debe reducir una hora en dos días distintos; para jornadas de seis días, 50 minutos en dos días y 20 minutos en un tercero. Asimismo, el empleador deberá contar con antecedentes que demuestren las tratativas realizadas con los trabajadores, aunque no se haya formalizado un acuerdo.

Reducción Jornada Laboral 42 Horas 2026
Opinión JMC: Aunque la normativa establece fórmulas supletorias claras, siempre recomendamos buscar el acuerdo (individual o con sindicatos) adaptado a la realidad de la Pyme. Es crucial dejar constancia documental de estas instancias para cumplir con los estándares de fiscalización de la DT.
Por Jhon Marín.
Fuente: Dictamen N°253/21 de la Dirección del Trabajo (DT), 16 de abril de 2026.
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