Impuestos · Impuesto a la Renta

SII exigirá reportes semestrales por transferencias masivas en cuentas bancarias.

Las entidades financieras deberán informar al SII los abonos recibidos por titulares que acumulen más de 50 transferencias mensuales o 100 en un semestre.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) impartió nuevas instrucciones respecto del reporte de transferencias bancarias, conforme al artículo 85 ter del Código Tributario, incorporado por la Ley N° 21.713. Estas obligaciones comenzarán a regir desde enero de 2025.

Las instituciones financieras —incluyendo bancos, cooperativas, aseguradoras y entidades custodias— deberán informar semestralmente al SII los montos agregados de abonos recibidos en cuentas de sus titulares cuando estos superen los siguientes umbrales:

  • Más de 50 transferencias electrónicas en un mes, o
  • Más de 100 transferencias en un semestre,

siempre que provengan de personas o entidades distintas. El reporte incluirá la identificación del titular, el tipo de cuenta y el monto total de transferencias, sin informar la identidad de quienes realizaron los abonos.

Las entidades que no cumplan con esta obligación se exponen a multas de hasta 500 UTA por período. Además, la norma establece que los datos recopilados solo podrán usarse para fines de fiscalización tributaria, bajo estrictos protocolos de reserva y confidencialidad.

SII solicitará reportes bancarios semestrales por transferencias electrónicas masivas

Opinión personal: La implementación de estos reportes incrementa la trazabilidad de movimientos electrónicos y apoya la detección de actividades comerciales informales que se ocultan tras cuentas personales. Aun así, será clave informar adecuadamente a los usuarios para evitar interpretaciones erróneas sobre fiscalización excesiva.

Por Jhon Marín.

Fuente: Circular N° 02 / SII – Departamento de Asesoría Jurídica.
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